Reforma: Se aplicará un impuesto sobre bebidas que
tengan un componente nutricional presente en el artículo 5 de la ley 20.606
(por ejemplo, alto contenido de azúcares). El impuesto será sobre el valor de
la bebida y adicionalmente sobre la proporción de alcohol incluido.
Un 5% de impuesto sobre el valor de venta por
la composición nutricional adicional a lo que existe hoy (13%) y para las que
contengan alcohol será de un 18% sobre el valor, más un 0,5% por cada grado alcohólico.
Análisis: Hoy la legislación por el hecho que tenga
alcohol aplica un impuesto de un 27% a licores y un 15% a vino y cerveza. Con
la Reforma, la cerveza tendría un impuesto de un 20% (18% base + 0,5%x4 grados),
el vino de un 25%, el pisco de 35 grados 35,5% y el whisky de 40 grados tendría
un 38%.
Propuesta: Es claramente una medida poco popular, pero
correcta. El alcohol tiene externalidades negativas, y es importante
reflejarlas.
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